Definitivamente la contratación de un proveedor para tu consorcio a la hora de hacer una reparación es un tema. No solo porque siempre se busca, en lo posible, la opción mas económica o barata, sino que también se trata de que trabaje bien. Y como sabemos la relación precio/calidad de trabajo, no siempre van de la mano cuando se elije la opción mas barata.
¿Que es lo que tenes que tener en cuenta para contratar un proveedor para tu consorcio? Si llegaste hasta acá buscando eso, te vamos a dar unos tips que tenes tener en cuenta y considerar a la hora de hacerlo.
El proveedor en la AFIP, ¿está en regla?
Siempre que contrates a alguien que va a trabajar en tu consorcio, lo primero que tenes que hacer es verificar que tenga todo en regla con este organismo primero. Tu consorcio, en caso de tener algún “inconveniente” con este proveedor, va a tener una forma legal de reclamar ante cualquier desperfecto que surgiere de la reparación mal efectuada. Si la factura es trucha, o no esta de alta en AFIP, reclamar sobre el valor pagado por el consorcio va a ser mas complicado.
¿Los seguros están al día?
Imaginate esto: tienen que efectuar reparaciones en el frente de tu consorcio, contratan a alguien que presento el mejor precio para hacer el trabajo. Trae su silleta, sus empleados, y de repente una herramienta cae y le da en la cabeza a una persona que iba caminando en la calle. ¿Adivina quién va a pagarle a damnificado si el proveedor que contrataron para tu consorcio no tiene seguro? Sí, ustedes, y que en parte sos vos también.
Por eso es super importante que cuando contraten a alguien para tu consorcio tenga seguro, así de esta manera tu consorcio va a estar protegido ante cualquier eventualidad.
Recomendaciones finales
Siempre se tiene más confianza a la hora de que alguien entre a tu consorcio a trabajar cuando es recomendado por alguien. Pero esto no lo exime de no tener las cosas en regla. Es genial cuando un fumigador, por ejemplo, que trabaja en el edificio de tu hermano, amiga o conocido, entra a tu departamento. Te sentís confiado y seguro pero, ¿sabías que tenía que estar registrado en el G.C.B.A.? y que antes de inscribirse tenía que tener un local con una habilitación especial (Código 503012)? Entre otros requisitos, obviamente.
Podríamos seguir con infinidad de recomendaciones sobre cada rubro en particular que podría llegar a trabajar en tu consorcio, pero no es la idea de este post porque sino se haría demasiado largo. Ya tendremos tiempo para eso.
Lo que queremos decir con estas pocas recomendaciones es que te informes, que leas, que googlees si es necesario. A tu consorcio no puede entrar cualquiera, y menos a tu departamento.